Prima Vacacional México 2026: Cómo Calcularla y Cuánto ISR Te Descuentan
¿Cuánto te deben pagar de prima vacacional este año? La reforma laboral de 2023 aumentó los días de vacaciones — y eso impacta directamente el monto de tu prima. En este artículo encontrarás la fórmula exacta, la tabla actualizada 2026, el tratamiento fiscal y un ejemplo numérico real para que verifiques tu recibo.
¿Qué es la Prima Vacacional?
La prima vacacional es una prestación adicional al pago de días de vacaciones. La Ley Federal del Trabajo establece en su Artículo 80 que los trabajadores tienen derecho a una prima mínima del 25% sobre el salario que les corresponda durante el período vacacional.
En términos simples: además de cobrar tu salario mientras estás de vacaciones, el patrón debe pagarte el 25% extra sobre esos días. Ese 25% adicional es la prima vacacional.
Dato importante: El 25% es el mínimo legal. Muchas empresas otorgan porcentajes superiores (30%, 40% o más) como prestación adicional. Revisa tu contrato colectivo o individual para saber el porcentaje que te aplica.
Tabla de Vacaciones 2026 — Post Reforma LFT
La reforma al Artículo 76 de la LFT (DOF 27/12/2022, vigente desde 2023) aumentó significativamente los días mínimos de vacaciones. Para 2026, la tabla vigente es:
| Años de Antigüedad | Días de Vacaciones | Prima Vacacional (25% mín.) |
|---|---|---|
| 1 año | 12 días | 3 días de salario |
| 2 años | 14 días | 3.5 días de salario |
| 3 años | 16 días | 4 días de salario |
| 4 años | 18 días | 4.5 días de salario |
| 5 años | 20 días | 5 días de salario |
| 6 – 10 años | 22 días | 5.5 días de salario |
| 11 – 15 años | 24 días | 6 días de salario |
| 16 – 20 años | 26 días | 6.5 días de salario |
| 21 – 25 años | 28 días | 7 días de salario |
| 26 – 30 años | 30 días | 7.5 días de salario |
| 31 – 35 años | 32 días | 8 días de salario |
Fuente: Art. 76 y 80 LFT — Reforma DOF 27/12/2022
Antes de la reforma, el primer año de trabajo tenía solo 6 días de vacaciones. Ahora son 12 días desde el primer año — el doble.
Fórmula para Calcular la Prima Vacacional
Prima Vacacional = Salario Diario × Días de Vacaciones × % de Prima
Para el mínimo legal del 25%:
Prima Vacacional = Salario Diario × Días de Vacaciones × 0.25
Si las vacaciones son proporcionales (trabajaste menos de un año):
Días proporcionales = Días de vacaciones del año ÷ 365 × días laborados
Prima proporcional = Salario Diario × Días proporcionales × % de Prima
Ejemplo Real: Paso a Paso
Trabajador con 3 años de antigüedad
Datos:
- Sueldo mensual: $18,000 → Salario diario: $600
- Antigüedad: 3 años completos → 16 días de vacaciones
- Prima vacacional: 25% (mínimo legal)
Cálculo:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Pago de días de vacaciones | $600 × 16 días | $9,600.00 |
| Prima vacacional (25%) | $9,600 × 25% | $2,400.00 |
| Total a recibir | $12,000.00 |
El trabajador recibirá $12,000: los $9,600 de días de descanso más $2,400 de prima.
Trabajador proporcional (9 meses laborados)
Datos:
- Sueldo mensual: $15,000 → Salario diario: $500
- Antigüedad: 9 meses (274 días laborados)
- Corresponde a año 1 → 12 días de vacaciones anuales
Cálculo proporcional:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Días proporcionales | 12 ÷ 365 × 274 = 9.01 días | — |
| Pago de vacaciones | $500 × 9.01 | $4,505.00 |
| Prima vacacional (25%) | $4,505 × 25% | $1,126.25 |
ISR sobre la Prima Vacacional
La prima vacacional tiene un tratamiento fiscal especial en el Artículo 93, fracción XIV de la LISR: está exenta de ISR hasta el equivalente a 15 días de salario mínimo general al año.
Para 2026, con SMG de $315.04 diarios, la exención es:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Salario mínimo diario 2026 | — | $315.04 |
| Días de exención | × 15 | — |
| Monto exento de prima vacacional | $315.04 × 15 | $4,725.60 |
Fuente: Art. 93 LISR — SMG CONASAMI DOF 28/12/2025
Esto significa que si tu prima vacacional anual no supera $4,725.60, no pagas ISR. Solo el excedente está gravado.
¿Cuándo paga ISR la prima vacacional?
Para el trabajador del ejemplo anterior (sueldo $18,000, 3 años):
- Prima vacacional: $2,400
- Monto exento: $4,725.60
- Prima gravable: $0.00 → No paga ISR
Para un ejecutivo con sueldo de $60,000 (3 años → 16 días):
- Salario diario: $2,000
- Prima vacacional: $2,000 × 16 × 25% = $8,000
- Monto exento: −$4,725.60
- Prima gravable: $3,274.40 → sí paga ISR
¿Cuándo se Paga la Prima Vacacional, qué pasa si el patrón no la paga antes (multa, PROFEDET)?
Según el Artículo 80 de la LFT, la prima vacacional debe pagarse antes de que el trabajador salga de vacaciones — no al regresar. Este es un error frecuente de los patrones.
El período vacacional puede tomarse en cualquier momento del año, pero el trabajador debe recibir la prima antes de iniciar su descanso. La empresa no puede condicionar el pago a que el empleado regrese de vacaciones.
Prima Vacacional en el Finiquito y Liquidación
Cuando la relación laboral termina sin que el trabajador haya gozado sus vacaciones del año, tiene derecho a recibir:
- El pago de los días de vacaciones no gozados (proporcional al tiempo trabajado en el año)
- La prima vacacional correspondiente (25% sobre esos días)
Esto aplica tanto en renuncia, despido justificado o injustificado. Las vacaciones no se "pierden" al terminar la relación laboral — siempre se compensan en efectivo.
Tabla Rápida: Prima Vacacional por Sueldo y Antigüedad
| Sueldo Mensual | 1 año (12 días) | 3 años (16 días) | 5 años (20 días) | 10 años (22 días) |
|---|---|---|---|---|
| $10,000 | $1,000 | $1,333 | $1,667 | $1,833 |
| $18,000 | $1,800 | $2,400 | $3,000 | $3,300 |
| $25,000 | $2,500 | $3,333 | $4,167 | $4,583 |
| $40,000 | $4,000 | $5,333 | $6,667 | $7,333 |
| $60,000 | $6,000 | $8,000 | $10,000 | $11,000 |
Prima calculada al 25% mínimo legal. Salario diario = sueldo mensual ÷ 30.
Errores Frecuentes sobre la Prima Vacacional
1. No actualizar los días de vacaciones tras la reforma 2023 Muchas empresas y sistemas de nómina siguen usando la tabla anterior (6 días al primer año). Desde 2023 son 12 días mínimos en el primer año. Si tu empresa no actualizó, tienes días pendientes por cobrar.
2. Pagar la prima después de que el trabajador regresa de vacaciones La LFT es clara: la prima debe pagarse antes de que inicien las vacaciones. Pagarla al regreso es un incumplimiento legal, aunque sea por tradición de la empresa.
3. Calcular la prima sobre el salario mensual completo en lugar del salario diario × días La prima vacacional se calcula sobre los días de vacaciones que le corresponden al trabajador, no sobre un mes completo de sueldo. Calcularla sobre el sueldo mensual completo puede resultar en un monto incorrecto.
4. No pagar la prima proporcional al terminar la relación laboral Si el trabajador no gozó sus vacaciones del año, las partes proporcionales (días + prima) deben incluirse en el finiquito. Omitirlo es una violación laboral frecuente.
5. Ignorar el porcentaje superior al 25% si el contrato lo establece Si el contrato colectivo o individual establece un porcentaje de prima mayor al 25% legal, el patrón está obligado a pagarlo. El 25% es el mínimo, no el estándar universal.
Calcula tu prima vacacional en segundos
Ingresa tu sueldo, antigüedad y porcentaje de prima. La calculadora aplica la tabla LFT 2026 y te muestra el monto exacto con el tratamiento fiscal.
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes
Conclusión
La prima vacacional en México 2026 es el 25% mínimo sobre el salario de los días de vacaciones que le correspondan al trabajador. Gracias a la reforma laboral de 2023, los días de vacaciones aumentaron significativamente — lo que también incrementa el monto de la prima. Hasta $4,725.60 anuales están exentos de ISR. El error más común: no haber actualizado la tabla de vacaciones tras la reforma.
También te puede interesar
- Cómo calcular un finiquito en México 2026
- Finiquito vs Liquidación 2026: diferencias y cálculo
- ISR sobre Aguinaldo 2026: cómo se calcula
- Calculadora de Nómina Quincenal México 2026
Última actualización: Mayo 2026. Basado en los Arts. 76 y 80 de la LFT (reforma DOF 27/12/2022), Art. 93 LISR y salario mínimo CONASAMI 2026. Este contenido es informativo; para casos específicos consulta a tu contador o abogado laboral.