Pagos Provisionales de ISR 2026: Guía Completa para Persona Física
Si trabajas por honorarios, tienes un negocio propio o eres freelancer, el SAT te exige realizar pagos mensuales de ISR a cuenta del impuesto anual. Estos se llaman pagos provisionales y deben presentarse a más tardar el día 17 de cada mes. En esta guía encontrarás la fórmula exacta, la tabla oficial 2026 y un ejemplo paso a paso para que calcules el tuyo sin errores.
¿Qué son los Pagos Provisionales de ISR?
Los pagos provisionales son anticipos del ISR anual que las personas físicas con actividad empresarial o profesional (honorarios) deben enterar mensualmente al SAT. No son el impuesto definitivo — al cierre del año, en la declaración anual, se hace el cálculo final y se acredita todo lo pagado.
La base legal está en el Artículo 106 de la LISR para personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
¿Quiénes están obligados? Toda persona física que emita facturas por servicios profesionales (honorarios), que tenga una actividad empresarial registrada ante el SAT (régimen general), o que perciba ingresos por arrendamiento. No aplica a asalariados puros ni a contribuyentes del RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), que tienen un esquema diferente.
¿Cuándo y Cómo se Presentan?
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Periodicidad | Mensual |
| Fecha límite | Día 17 del mes siguiente al período declarado |
| Plataforma | Portal del SAT — DeclaraSAT / Mi Contabilidad |
| Pago | Transferencia electrónica (línea de captura SAT) |
Ejemplo: el pago provisional de enero 2026 debe presentarse a más tardar el 17 de febrero de 2026.
Fórmula Oficial SAT: Paso a Paso
El cálculo acumula los ingresos del ejercicio desde enero hasta el mes que se declara. La fórmula es:
PASO 1 — Ingresos acumulados del ejercicio (enero al mes en cuestión)
PASO 2 − Deducciones autorizadas acumuladas del ejercicio
− PTU pagada en el ejercicio (si aplica)
− Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores (si aplica)
= BASE GRAVABLE DEL EJERCICIO
PASO 3 — Aplicar tarifa ISR del Art. 96 LISR al período (enero-mes actual)
= ISR DEL PERÍODO
PASO 4 − Retenciones acumuladas (el 10% que te retienen en cada factura)
− Pagos provisionales anteriores del mismo ejercicio
= ISR A PAGAR EN EL MES
Punto clave: Los pagos provisionales son acumulativos. Cada mes sumas todos los ingresos y deducciones desde enero, calculas el ISR total del período, y le restas lo que ya pagaste en meses anteriores. Esto evita doble pago.
Tabla ISR para Pagos Provisionales 2026
Las tablas se actualizan cada mes del ejercicio porque los límites se amplían acumulativamente. A continuación la tarifa correspondiente a un período de un mes:
| Límite Inferior | Límite Superior | Cuota Fija | % sobre Excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $746.04 | $0.00 | 1.92% |
| $746.05 | $6,332.05 | $14.32 | 6.40% |
| $6,332.06 | $11,128.01 | $371.83 | 10.88% |
| $11,128.02 | $12,935.82 | $893.63 | 16.00% |
| $12,935.83 | $15,487.71 | $1,182.88 | 17.92% |
| $15,487.72 | $31,236.49 | $1,639.31 | 21.36% |
| $31,236.50 | $49,233.00 | $4,005.45 | 23.52% |
| $49,233.01 | $93,993.90 | $8,237.45 | 30.00% |
| $93,993.91 | $125,325.20 | $21,665.71 | 32.00% |
| $125,325.21 | $375,975.61 | $31,691.86 | 34.00% |
| $375,975.62 | En adelante | $116,912.86 | 35.00% |
Fuente: Art. 96 LISR — Anexo 8 RMF 2026 (DOF 28/12/2025)
Para períodos de 2 meses (febrero acumulado), los límites se multiplican × 2. Para 3 meses × 3, y así sucesivamente hasta 12 meses para la declaración anual.
Deducciones Autorizadas para Personas Físicas
Las deducciones reducen tu base gravable y, por tanto, el ISR a pagar. Para actividades profesionales (honorarios), el Artículo 103 de la LISR permite deducir:
| Deducción | Requisito |
|---|---|
| Gastos estrictamente indispensables para la actividad | Factura (CFDI) a tu nombre con RFC |
| Renta de oficina o local | CFDI + contrato de arrendamiento |
| Equipo de cómputo y herramientas de trabajo | CFDI; deducción inmediata o por depreciación |
| Gasolina y transporte (si es indispensable) | CFDI con litros y datos del vehículo |
| Cuotas IMSS voluntarias | Comprobante IMSS |
| Honorarios contables y legales | CFDI del contador o despacho |
Regla de oro: Sin CFDI no hay deducción. Toda compra deducible debe tener su factura antes del cierre del mes que declaras.
Ejemplo Real: Paso a Paso
Datos del contribuyente:
- Régimen: Persona física con actividades profesionales (honorarios)
- Mes a declarar: Marzo 2026 (período acumulado enero-marzo)
- Ingresos acumulados (3 meses): $90,000
- Deducciones autorizadas acumuladas: $18,000
- Retenciones del 10% acumuladas: $9,000
- Pagos provisionales anteriores (enero + febrero): $4,200
Paso 1 — Base gravable acumulada enero-marzo
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Ingresos acumulados | $90,000.00 |
| − Deducciones autorizadas | −$18,000.00 |
| = Base gravable | $72,000.00 |
Paso 2 — ISR del período (tabla × 3 meses acumulados)
Los límites de la tabla se multiplican × 3 para el período acumulado enero-marzo:
- Rango aplicable al período de 3 meses: $46,463.13 – $93,709.47 (tasa 21.36%)
- Excedente: $72,000 − $46,463.13 = $25,536.87
- Impuesto marginal: $25,536.87 × 21.36% = $5,454.68
- Cuota fija del período (× 3): $4,917.93
- ISR del período acumulado: $10,372.61
Paso 3 — ISR a pagar en marzo
| Concepto | Monto |
|---|---|
| ISR del período acumulado (ene-mar) | $10,372.61 |
| − Retenciones acumuladas (10% facturas) | −$9,000.00 |
| − Pagos provisionales anteriores (ene + feb) | −$4,200.00 |
| = ISR a pagar en marzo | $0.00 (saldo a favor) |
En este caso, las retenciones del 10% más los pagos anteriores ya cubren el ISR del período. No hay pago adicional en marzo. Este saldo a favor se acreditará en meses siguientes o en la declaración anual.
¿Qué pasa si no presento el Pago Provisional?
Omitir o presentar fuera de plazo tiene consecuencias reales:
- Recargo: 1.47% mensual sobre el impuesto omitido (tasa vigente 2026)
- Multa: Entre el 55% y el 75% del impuesto omitido (mínimo $1,770)
- Actualización: El impuesto se indexa a la inflación (factor INPC)
- Auditoría: Pagos provisionales no presentados son señal de riesgo ante el SAT
Consejo práctico: Si no tienes ingresos en el mes, sí debes presentar el pago provisional en cero. Omitir la declaración, aunque no debas impuesto, genera multa.
Tabla Rápida: Estimado de Pago Provisional por Nivel de Ingreso
Los siguientes cálculos asumen ingresos sin deducciones adicionales para un solo mes:
| Ingreso Mensual | ISR Aprox. | Retención 10% (si aplica) | Pago Neto Aprox. |
|---|---|---|---|
| $10,000 | $803 | $1,000 | $0 (retención cubre) |
| $20,000 | $2,603 | $2,000 | $603 |
| $30,000 | $4,540 | $3,000 | $1,540 |
| $50,000 | $8,244 | $5,000 | $3,244 |
| $80,000 | $16,037 | $8,000 | $8,037 |
| $100,000 | $21,666 | $10,000 | $11,666 |
Sin deducciones. Con deducciones reales, el ISR se reduce considerablemente.
Errores Frecuentes en Pagos Provisionales
1. No acumular los ingresos correctamente El error más común es declarar solo el ingreso del mes en lugar de los ingresos acumulados de enero al mes en cuestión. Esto produce pagos provisionales incorrectos que generan diferencias en la declaración anual.
2. Olvidar acreditar las retenciones del 10% Si tus clientes te retienen ISR al pagarte tus honorarios, ese monto ya es un anticipo de ISR. No acreditarlo significa que estás pagando impuesto dos veces.
3. Deducir gastos sin CFDI Un ticket de compra, un estado de cuenta o una nota de remisión no son deducibles. Solo los CFDI 4.0 vigentes, con tu RFC correcto y uso fiscal declarado, son válidos.
4. Presentar en cero cuando hay ingresos Algunos contribuyentes presentan el pago provisional en cero pensando que lo regularizarán en la declaración anual. Esto genera recargos, actualizaciones y puede activar una auditoría.
5. Confundir RESICO con Régimen General Los contribuyentes en RESICO tienen un cálculo completamente diferente (tasa fija del 1% al 2.5% sobre ingresos brutos). Verifica tu régimen en el portal del SAT antes de calcular.
Calcula tu pago provisional en segundos
Ingresa tus ingresos, deducciones y retenciones del período. La calculadora aplica la tabla 2026 y te muestra el monto exacto a pagar al SAT.
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes
Conclusión
Los pagos provisionales de ISR son una obligación mensual ineludible para personas físicas con actividad empresarial o profesional en México. La clave es acumular correctamente los ingresos y deducciones desde enero, aplicar la tarifa del período correspondiente, y acreditar las retenciones del 10% para no pagar doble. Un buen control mensual evita sorpresas en la declaración anual.
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Última actualización: Mayo 2026. Basado en el Artículo 106 de la LISR, Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025) y criterios SAT vigentes. Este contenido es informativo; para casos específicos consulta a tu contador o al SAT.